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enero 09, 2017

Niegan amparo a exgobernador de Nuevo León contra embargo

Juzgado niega amparo al exgobernador de Nuevo León Rodrigo Medina.


Un juzgado federal negó un amparo al ex gobernador de Nuevo León; Rodrigo Medina en contra del embargo de un terreno de 36 hectáreas; pero ordenó que el juez de control competente realice una nueva audiencia en presencia de todas las partes; y resolver respecto a la medida precautoria de embargo en contra del ex funcionario.

El cumplimiento de la presente resolución no implica anular el precepto señalado de inconstitucional; por lo cual las autoridades responsables señaladas quedan exentas de cumplimiento alguno de este fallo; atento al principio de relatividad de las sentencias.

El Juzgado Quinto de Distrito en Materia Penal en el estado de Nuevo León, en el juicio de amparo 425/2016, amparó al ex gobernador de Nuevo León por considerar que la aplicación del primer párrafo del artículo 212 del Código Procesal Penal para el estado de Nuevo León es inconstitucional, porque permite el desarrollo de una audiencia privada, para imponer el embargo precautorio de bienes, en la que solo interviene el Ministerio Público, que es quien lo solicitó.

El 3 de junio de 2016, el Juez de Control responsable llevó a cabo una audiencia privada, con la presencia del Ministerio Público exclusivamente, donde se solicitó se impusiera al ex gobernador la medida cautelar de embargo precautorio de un bien inmueble de su propiedad, consistente en el lote de terreno de agostadero ubicado en la Ex Hacienda de Los Anacuitas, Sección Victoria, de General Terán, con superficie de 36 hectáreas, inafectable agrícolamente, como mejoras una construcción sin número, destinada para casa habitación, con datos registrales inscripción 2, volumen 1, libro 46, sección propiedad unidad General Terán, de 9 de enero de 2015, a efecto de asegurar en su caso, un hipotético cumplimiento de otra resolución que pueda ser emitida con posterioridad.

junio 30, 2015

Niegan amparo a Caro Quintero, recurre al SCJN

Niegan amparo a Caro Quintero, recurre al SCJN


México, 30 de junio de 2015.- El fundador del Cártel Guadalajara, Rafael Caro Quintero, recurre a la SCJN para pedir un amparo en contra de la orden de detención provisional con fines de extradición.


La Primera Sala del máximo tribunal pospuso su análisis de manera indefinida, desde mayo.


La semana pasada, el juez federal Gilberto Romero negó un amparo a Caro Quintero contra la orden de detención provisional con fines de extradición a Estados Unidos.


La misma que fue girada el 11 de agosto de 2013, por Alejandro Caballero, juez de distrito de procesos penales federales.


La defensa de Caro Quintero presentó la petición de amparo a la SCJN por considerar que la orden de detención de su cliente es inconstitucional.


Debido a que las únicas formas admitidas por la Constitución para detener y privar de la libertad a una persona se dan en los supuestos casos de flagrancia y mediante orden de aprehensión.


Tras 28 años de permanecer en la cárcel, la madrugada del 9 de agosto de 2013, Caro Quintero fue liberado, y desde entonces está prófugo de la justicia.


Dos días después de su liberación el juez Caballero emitió una nueva orden de aprehensión con fines de extradición a EU.


Washington ha buscado la detención de Caro Quintero con el fin de juzgarlo por el asesinato de Enrique Camarena, ex agenté de la DEA (1985), y por lo cual ofrece una recompensa de 5 mdd por información que conduzca a su detención.


Después de tres meses se emite la nueva orden de detención, la defensa de Caro Quintero solicitó un amparo, el cual le fue negado.


Especificó el juzgado 10° de Distrito de Amparo en materia penal en el DF por considerar que la orden procede conforme al artículo 119 constitucional.


Asimismo, ese juzgado señala que la orden de aprehensión se dio con fines de extradición.


La contraviene el artículo 23 constitucional debido a que no se le está juzgando dos veces por el mismo delito, ya que la orden cumplía con los requisitos establecidos por la ley.


Finalmente, dijo: los requisitos que enumeró el juzgador está la urgencia, además para su dictado hubo petición, vía diplomática, en la que se expresaba el delito por el que se pide la extradición.



Niegan amparo a Caro Quintero, recurre al SCJN