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mayo 24, 2017

Juzgados federales admiten demandas contra Congreso

Juzgados federales admiten demandas de indígenas en contra de San Luis Acatlán

Carlos Navarrete.


Chilpancingo.


Dos juzgados federales admitieron las demandas de amparo que promueven mil 34 indígenas de San Luis Acatlán, Ometepec, Iliatenco, Igualapa, Juchitán y Marquelia en contra del Congreso de Guerrero por no armonizar dentro del plazo establecido la Ley 701 de Reconocimiento, Derechos y Cultura de los Pueblos y Comunidades Indígenas.


A través de un comunicado el presidente del Colegio de Abogados de Chilpancingo, Rubén Cayetano García, representante legal de los promoventes, informó de la decisión de los jueces federales.


En total fueron dos demandas de amparo las que se presentaron y admitieron por separado en razón de que son impulsadas por dos Casas de Justicia de la Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias (CRAC): la de Cochoapa, que pertenece al municipio de Ometepec, con 603 firmantes, y la de San Luis Acatlán con 431 agraviados.


De acuerdo a Cayetano García, el objetivo de las demandas de amparo es “que aún pueda ser preservado el texto de la Ley 701, luego de la grave omisión que se ha cometido en el Congreso de Guerrero y que no se genere un vacío jurídico en perjuicio de las instituciones comunitarias de la Costa-Montaña, ni de los indígenas de todo el estado y que tampoco se imponga una legislación sin que previamente sean consultados sus verdaderos destinatarios como son nuestros hermanos indígenas”.


Recordó que  se procedió legalmente contra el Congreso porque éste “violó flagrantemente” la Constitución General de la República, en su artículo 2º; la Constitución de Guerrero, en su artículo Tercero Transitorio; y el Decreto Número 175 en los que se establecieron los plazos para aprobar la armonización de la Ley y que vencieron sin que los diputados cumplieran su responsabilidad.


“Se incurre en un acto de discriminación al no atender un mandato expreso a favor, en este caso, de los indígenas de Guerrero, ya que la Ley 701 les reconoce precisamente lo que concede el artículo 2º de la Carta Magna Federal, como es la autonomía y libre determinación, derechos humanos a tener asesoría legal en su lengua, usos y costumbres, brindarse seguridad, entre tantos y más derechos”.


Al haber admitido las dos demandas de amparo, las autoridades jurisdiccionales ordenaron al Congreso rendir un informe con su justificación del por qué no cumplió su responsabilidad, en un plazo improrrogable de 15 días hábiles.


También se citó a ambas partes a una audiencia constitucional que se celebrará el 15 de junio a las 9:28 de la mañana. El Congreso será sancionado en caso de que no rinda su informe justificado, lo haga sin remitir o sin copia certificada completa y legible, o se niegue a recibir la notificación correspondiente.

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